viernes, 7 de agosto de 2009

Tesis: Derechos Humanos

SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS


El Derecho Internacional de los Derechos Humanos, es un ordenamiento que surgió al término de la guerra del capitalismo imperialista conocida como Segunda Guerra Mundial, su punto de partida es precisamente la Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada por la ONU, el 10 de Diciembre de 1948, aquí nace el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, como una bandera de la Ideología Liberal Burguesa, pues justificar la fuerza que sea necesario aplicar, es una condición para la pervivencia de un sistema social, el sistema político de la Democracia Capitalista para asear la morada que construye con la sangre de los pueblos, también crea los instrumentos jurídicos que le permitan posar como justo.

La guerra que el capital transnacional desencadena para imponer sus políticas de ajuste estructural que le permitan expandir y profundizar su forma de organizar la sociedad, le impone a este sistema social varios retos, entre los más significativos está la necesidad justificar la guerra contra los pueblos del mundo para imponerles las relaciones basadas en el mercado.

El estado capitalista igualmente crea los mecanismos de todo tipo para realizar su movimiento de doble cara, por un lado intentando evadir los compromisos jurídico-ideologicos interestatales y por otro cumpliendo con su función histórica de adecuar la sociedad y el territorio al modo de producción. Mecanismos ideológicos como el terrorismo o el narcotráfico, aparatos ideológicos de alienación como lo son los medios de “comunicación”, mecanismos militares como los pájaros, o las AUC, mecanismos jurídicos como la ley de justicia y paz, mecanismos económicos como las cadenas productivas agroindustriales, organizan la sociedad para la apropiación privada; es un movimiento sangriento, que exige aplicación de la fuerza, y la justificar esa fuerza es fundamental para un sistema productivo.

En Colombia la guerra que el sistema económico ha hecho contra el pueblo ha llegado a extremos tales de violencia, que la bandera de la defensa del Derecho Internacional de los Derechos Humanos se ha convertido en una bandera de las organizaciones populares, razón por la que también son colocadas como objetivo militar de los sectores retardatarios enquistados en el Estado Colombiano.

Para el PUPSOC se hace cada vez más necesario desarrollar el trabajo en Derechos Humanos para contener las arremetidas de la guerra que se hace contra las comunidades rurales y urbanas en el sur occidente y salvaguardar el proceso organizativo para continuar resistiendo y construyendo proyectos de transformación social.

En los seis años que hemos caminado las organizaciones en este Proceso de coordinación, fuimos construyendo una posición alrededor de la temática de los derechos humanos, con base en las siguientes tesis:

-“Solamente los Estados violan el Derecho Internacional de los Derechos Humanos”, principio este fundante y legitimante de la responsabilidad de los Estados Nación, llamados Estados de Derecho, con responsabilidades ante el conjunto de las naciones participantes de los organismos que las agrupan como para el caso de Colombia, la Organizaciòn de las Naciones Unidas (ONU) y la Organizaciòn de Estados Americanos (OEA).

- “ De la mal utilizada expresión general: “derechos humanos” a la determinación del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, para de aquí avanzar a la Declaraciòn de los Derechos de los Pueblos o declaración de Argel hacia la construcción de los Derechos del Pueblo Trabajador y Explotado y sus mecanismos de aplicaciòn”.

Este es nuestro itinerario de avance en la construcción integral de mecanismos para la autonomía popular, los cuales van desde la formulación de la tesis hasta la implementación de aspectos operativos que garanticen el respeto de esas normatividades. Dichos mecanismos desde el punto de vista de los pueblos aùn están en formas simbólicas, y solamente los desarrollos de esta propuesta los colocaràn a la altura de una propuesta histórica para la transformación del sistema mundo capitalista.

La normatividad internacional.

El derecho implica una estructura jurídica coercitiva y para el caso de los derechos internacionales aplicado a los Estados y exepcionalmente a ciertas organizaciones con reconocimiento político. Los bienes jurídicos protegidos, en este caso están en la esfera de los ciudadanos. En materia de Derechos Humanos la estructura jurídica se sitúa en el marco del Derecho Internacional que compromete y obliga a los Estados ante la comunidad internacional mediante la suscripción y posterior ratificación de convenciones, declaraciones, pactos y tratados internacionales, para regular las relaciones ciudadano-Estado y proteger a los ciudadanos de los abusos de poder del Estado que es quien tiene el monopolio y control de la fuerza, o del incumplimiento de los deberes de la organización estatal que se compromete a velar por la realización de las aspiraciones de los ciudadanos para el caso de los derechos Econòmicos sociales y culturales. (DESC)

El Derecho Internacional prima sobre el derecho interno de cada país, y es subsidiario pues solamente puede operar cuando el sistema de justicia interno de cada nación no ha operado a cabalidad para actuar en justicia.

Es necesario precisar la expresiòn Derecho Internacional de los Derechos Humanos DIDH, para resaltar la obligación jurídica de los Estados y para superar las ambigüedades que la sola noción “derechos humanos” nos llevan a confusiones en las que se señalan cualquier tipo de problemas de convivencia ciudadana, de criminalidad generalizada o cualquier tipo de acción delictiva como violaciones a los Derechos Humanos. Situaciones que se salen del marco del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y son competencia exclusiva del derecho interno y del código penal.

Así entonces, la responsabilidad jurídica frente al incumplimiento en la observancia del DIDH es exclusiva de los Estados en tanto estos se comprometen a respetar, a aplicar y a obedecer a una estructura jurídica internacional que los compromete, y que para el conjunto de organismos estatales es de vital importancia, dada la necesidad como estados de crear las condiciones de reproducción de las relaciones de producción.

El DIDH tienen su historia ligada al desarrollo del capitalismo y con él el surgimiento de los Estados Nación, los derechos humanos no son consustanciales a los seres humanos, surgen como un conjunto normativo, propio de los Estados de Derecho, que NO son previos al surgimiento de los Estado.

El derecho implica una estructura jurídica coercitiva que protege un bien, en este caso a los ciudadanos. En materia de Derechos Humanos la estructura jurídica se sitúa en el marco del Derecho Internacional que compromete y obliga a los Estados ante la comunidad internacional mediante la suscripción y posterior ratificación de convenciones, declaraciones, pactos y tratados internacionales, para regular las relaciones ciudadano-Estado y proteger a los ciudadanos de los abusos de poder de los Estados que son quienes tienen el monopolio y control de la fuerza.

El Derecho Internacional prima sobre el derecho interno de cada país, el derecho interno es regulado al interior de los Estados a través de códigos que castigan y reprimen la convivencia entre los ciudadanos.

Sobre el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH) y los Derechos Fundamentales de nuestro orden Jurìdico Interno.

Es necesario resaltar la diferencia entre El Derecho internacional de los Derechos Humanos y los llamados en nuestra Constituciòn Polìtica, derechos fundamentales. Los Derechos Humanos son aquellos reconocidos como tal en el ámbito internacional a través de las declaraciones, las cartas de derechos, las convenciones, que tienen plena vigencia en el orden positivo internacional y son un medio de regulación con significado profundo en las relaciones internacionales dado que para el sistema social capitalista como tal, lo importante no es ”La Ganancia”, sino “El Ganar”. Los derechos Fundamentales de nuestra constitución , en cuanto a su contenido, son los mismos Derechos Humanos, pero ya en el orden interno y se le asignan mecanismos específicos de protección.
La violación de un derecho Fundamental genera una sanción directamente contra el trasgresor.Cuando el Estado directamente con sus actos, ejecutados a través de sus funcionarios o agentes en servicio de sus funciones viola los derechos fundamentales de las personas, el mismo Estado esta obligado ante la comunidad internacional a sancionar a sus agentes y reparar el daño causado, poniendo en funcionamiento su propio aparato judicial, si esto no sucede, el Estado pasa a ser responsable directo por su acción ante las autoridades internacionales, por violación del Derecho Internacional de los Derechos Humanos..

Contrario, cuando un particular o un grupo no estatal viola derechos fundamentales de otra persona, ese individuo o grupo debe responder ante el Estado, a través del sistema Judicial interno, sea penal o civilmente. Cuando este sistema no funciona o funciona indebidamente, entonces se genera también una responsabilidad indirecta del Estado ante la comunidad internacional, en este caso por omisión.

Respecto a los organismos intergubernamentales, tanto del sistema de la OEA como del sistema de la ONU, el PUPSOC y sus organismos buscan mecanismos de presión para exigir la ampliación de su mandato y de su presencia efectiva en el suroccidente Colombiano así como el establecimiento de mecanismos ágiles y eficaces que permitan su accionar en mejor forma de cómo actualmente se viene realizando


Los derechos humanos no puedan ser entendidos por fuera de la formación socioeconómica capitalista, tampoco pueden entenderse sin la idea del poder político del Estado Nación, ni tampoco considerarse sin los rasgos fundamentales de la ideología de la modernidad arraigada en la idea de la libertad burguesa.

En este sentido los derechos humanos responden a la consolidación de un nuevo ordenamiento reflejando el triunfo adquirido por una clase emergente –la burguesía- que en ese momento (Revolución Francesa) exigían la ampliación de nuevos mercados para el comercio y la industria, y la consolidación de su poder a través de la formación de un Estado nación representante y defensor de sus intereses de clase.

De la defensa del DIDH, bandera liberal burguesa, a la construcción de los Derechos del Pueblo Trabajador, bandera de los pueblos que luchan por su soberanía

La concepción frente al DIDH debe ser critica e ir, en cuanto a sus exigencias con el Estado, más allá del respeto al derecho a la vida, la seguridad y la integridad personal. Se deben incorporar como obligaciones del estado los Derechos Económicos Sociales y Culturales que en su momento histórico constituyeron un aporte del socialismo, y que fueron reconocidos, al igual que los derechos colectivos y del ambiente en el derecho positivo, es decir convertidos en normas reconocidas en el ámbito jurídico intergubernamental como obligaciones de los estados signantes, a través del Derecho Internacional de los Derechos Humanos DIDH.

Así mismo se deben considerar las declaraciones emanadas por los pueblos reivindicando la solidaridad y el supremo derecho a la rebelión contra un estado tirano como lo dice la Declaración de Argel o Derechos de los Pueblos de 1976 y la declaración del pueblo trabajador y explotado de 1918. Desde tal perspectiva se debe orientar acciones y construir procesos para abordar la problemática y contener la arremetida del Estado Capitalista mundial, en contra de nuestras organizaciones y comunidades que amenaza la posibilidad misma de construcción de una sociedad más justa.

Ello implica necesariamente confrontar al Estado mediante la denuncia y la movilización, confrontación en la cual se deben combinar la acción jurídica con la acción de masas. Para ello se requiere fortalecer la Red de derechos humanos del Sur occidente “Francisco Isaías Cifuentes”, crear estructuras organizativas de base, actuar en forma armónica y centralizada, generar procesos de capacitación e impulsar diversas actividades de solidaridad con el pueblo trabajador y explotado del mundo, y de esos pueblos para con nosotros.

Unir los pueblos: Colombiano, Latinoamericano y del mundo, es hoy nuestro reto ¡